Un sendero homologado es una instalación deportiva debidamente señalizada e identificada con las marcas registradas GR®, PR®, y SL® propias de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME), desarrollado preferentemente por caminos tradicionales en el medio natural y rural, y que se encuentra reconocido formalmente como tal por la Federación de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo de Castilla y León (FDMESCYL)

La Red de Senderos Homologados de Castilla y León es un entramado de caminos señalizados bajo unas normas estandarizadas y reconocidas a nivel internacional y que han pasado el sello de calidad de la Federación de Deportes de Montaña Escalada y Senderismo de Castilla y León para su homologación, cumpliendo con los criterios establecidos por la FEDME.

¿Quieres homologar un sendero en Castilla y León?

Trataremos de definir en esta sección los distintos estados en los que se puede encontrar un sendero, y los trámites que hay que realizar para que esté homologado y así el senderista pueda estar seguro de que cumple con los estándares de calidad, seguridad y estandarización que requiere la homologación.

Para más información puede escribir a senderismo@fclm.com o llamar al 983 360 295 (extensión 3). Toda la documentación deberá enviarse al correo electrónico senderismo@fclm.com

LA HOMOLOGACIÓN

En esta primera fase es cuando el promotor se plantea homologar un sendero, para ello debe ponerse en contacto con el Departamento de Senderismo de la FDMESCYL a través del correo electrónico senderismo@fclm.com y hacerle llegar una ficha de Solicitud (Anexo I) con los datos básicos del recorrido y la justificación del interés del proyecto de sendero homologado, junto con el archivo GPX con el trazado del sendero inicialmente propuesto.

El promotor acometerá la redacción del Proyecto Detallado del sendero conforme a los contenidos establecidos por la FDMESCYL (Anexo III), y que, en todo caso, será previo a la ejecución del sendero. El promotor deberá enviar también a la FDMESCYL el Compromiso de Mantenimiento del sendero (Anexo II).

Una vez recibidos los documentos, el Departamento de Senderismo los evalúa y si cumplen con los mínimos exigidos se asigna el numeral, una matrícula provisional para el sendero que será única y que tomará valor de definitiva cuando se cierre satisfactoriamente el proceso de homologación.

Una vez la FDMESCYL ha asignado el numeral con la matrícula provisional, que autoriza al promotor el uso de las marcas registradas, ya se pueden comenzar los trabajos para señalizar y equipar el sendero conforme a las previsiones recogidas en el Proyecto Detallado.

Una vez llevada a cabo la ejecución de los trabajos en el sendero, el promotor comunicará con el Departamento de Senderismo de la FDMESCYL que dispondrá los mecanismos necesarios para organizar la visita de un técnico de senderos titulado que realice el informe de incidencias en el que se indique si el sendero es apto, en cuyo caso se emitirá el correspondiente Certificado de Homologación con una validez de 5 años. En caso de no ser apto, a tenor de las deficiencias observadas, se abrirá un plazo para la correcta subsanación de las mismas.

LA REHOMOLOGACIÓN

Una vez informado del cumplimiento de los cinco años de vigencia de la homologación, el promotor debe iniciar el proceso de rehomologación del sendero con el envío de la siguiente documentación:
1.- Solicitud de rehomologación del sendero que incluye un informe del estado de conservación del sendero y las labores de mantenimiento realizadas (Anexo IV).
2.- Compromiso de mantenimiento para un periodo de cinco años (Anexo III).

Una vez enviada la documentación requerida para la rehomologación, la FDMESCYL dispondrá los mecanismos necesarios para organizar la visita de un técnico de senderos titulado que realice el informe de incidencias en el que se indique si el sendero es apto, en cuyo caso se emitirá el correspondiente Certificado de Rehomologación con una validez de 5 años. En caso de no ser apto, a tenor de las deficiencias observadas, se abrirá un plazo para la correcta subsanación de las mismas.

OTRA DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS