Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Artículo 3. Otros sujetos obligados.

Las disposiciones del capítulo II de este título serán también aplicables a:

a) Los partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales.

b) Las entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

Actuamente la Federación de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo de Castilla y León no recibe subvenciones públicas superiores a 100.000 € ni estas representan al menos el 40 % de sus ingresos anuales, por lo que no es sujeto obligado de esta normativa. No obstante, se presenta en los siguientes apartados los principales documentos relativos a la misma.